INFORMACIÓN SOBRE LA NORMA
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FECHA DE PUBLICACIÓN EN BOE:
17 MARZO 2023
ENTRADA EN VIGOR:
1 OCTUBRE 2023
OBJETIVO DE LA NORMA:
Desde el 1 de octubre de 2023 se establece que los periodos de cotización de los trabajadores contratados a tiempo parcial se equipararán a un contrato a tiempo completo para tener derecho a prestaciones como jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, incapacidad temporal y nacimiento y cuidado de menores.
CONTENIDO A DESTACAR
El artículo 247 del Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones, aborda una importante modificación en las reglas de cotización y prestaciones para los trabajadores a tiempo parcial, que está en vigor desde el 1 de octubre de 2023.
Anteriormente, para acreditar los períodos de cotización necesarios para tener derecho a prestaciones como jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, incapacidad temporal y nacimiento y cuidado de menores, se tenían en cuenta los distintos períodos durante los cuales el trabajador había estado en alta con un contrato a tiempo parcial. Sin embargo, se aplicaba un coeficiente de parcialidad que reducía los días cotizados en función de la duración de la jornada de trabajo a tiempo parcial.
Con la modificación del artículo mencionado, se establece que los periodos de cotización de los trabajadores contratados a tiempo parcial se equipararán a un contrato a tiempo completo. Esto significa que, a efectos de cálculo de prestaciones, se contarán los mismos días que los trabajadores a tiempo completo, independientemente de la duración de la jornada realizada en cada período de alta.
Esta modificación tiene un impacto significativo en el acceso a prestaciones, especialmente en el caso de la prestación por incapacidad temporal por contingencia común, que requiere un periodo mínimo de cotización. Antes de la modificación, los trabajadores a tiempo parcial debían acumular más días cotizados para alcanzar este requisito. Ahora, con la nueva normativa, se les facilita el acceso a esta prestación, ya que cada día cotizado se contabilizará como un día completo, eliminando así el coeficiente de parcialidad.
Así mismo, esta modificación busca mejorar los derechos de los trabajadores a tiempo parcial en términos de acceso a prestaciones y acreditar los períodos de cotización necesarios para ello. Con este cambio, se elimina la complicación que suponía el coeficiente de parcialidad y se equiparan sus derechos a los de los trabajadores a tiempo completo en cuanto a cotización y prestaciones.