Noticias

21/03/2017

Unión de Mutuas informa sobre el incentivo BONUS de la Seguridad Social

Unión de Mutuas ha celebrado en Valencia una jornada informativa sobre los requisitos y documentación que deben de cumplir las empresas que desean optar al sistema de incentivos para la prevención de la siniestralidad laboral, conocido como sistema BONUS. El plazo para la presentación de solicitudes correspondiente a la campaña Bonus 2017 se abrirá el próximo uno de abril y se cerrará el quince de mayo.

El Bonus es un sistema de incentivos que permite la reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hayan contribuido eficazmente con inversiones cuantificables a la reducción de la siniestralidad laboral y hayan realizado actuaciones efectivas en la prevención de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales.

Las técnicas y especialistas en Prevención de Unión de Mutuas, Lucila Serra y Conchín Monzonís han explicado todos los requisitos que establece este sistema en cuanto a la siniestralidad y cotización así como los requisitos obligatorios en materia de prevención que deben de cumplir las empresas solicitantes.

En este sentido, han explicado que las empresas solo pueden presentar una única solicitud, independientemente de que posean varios códigos cuenta de cotización, siempre que el código de actividad a efectos de cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales sea el mismo.

Asimismo, han incidido en la importancia de que las empresas tengan un Plan de Movilidad, ya que además de ayudar a reducir los accidentes laborales de tráfico también es una de las condiciones opcionales para poder acceder al sistema Bonus.

También han indicado que desde la mutua se está recopilando toda la información y los datos necesarios para facilitar a las empresas mutualistas las cuotas cotizadas e índices de siniestralidad para el cálculo del incentivo del BONUS campaña 2017, que corresponde al ejercicio 2016.

La cuantía máxima que percibirán las empresas será hasta el 5% del importe de las cuotas por contingencias profesionales correspondientes al periodo de observación, o hasta el 10% si los periodos de observación son consecutivos y si en el inmediatamente anterior se ha percibido el incentivo.

En ambos casos la cotización por contingencias profesionales será superior a 5.000 euros y el límite de la reducción será el importe de las inversiones efectuadas, procesos o equipos de prevención de riesgos laborales.